PorMar Calvo

30 Mar, 2020 - 1:46
pareja viajando

El Seguro Obligatorio de Viajeros: qué es y para qué sirve

PorMar Calvo

30 Mar, 2020 - 1:46

Al adquirir un billete de transporte estamos cubiertos por el Seguro Obligatorio de Viajeros si sufrimos un accidente que nos cause una lesión.

Cuando compramos un billete de autobús, de tren, de barco o de avión, debemos guardar bien ese papelito. ¿Por qué? Porque nos servirá como justificante para reclamar en caso de que suframos algún accidente o percance durante el viaje. Dicha indemnización está cubierta por el Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV). El objetivo no es otro que garantizar la seguridad de los viajeros y protegerlos ante cualquier suceso que pueda provocarles una lesión.

La ley española establece la obligatoriedad de que los transportistas con medios de transporte de más de 9 plazas cuenten con esta póliza. Los teleféricos, funiculares, telesquís, telesillas, telecabinas u otros medios en los que la tracción se haga por cable y en los que no exista camino de rodadura fijo también deben tener un SOV, aunque si capacidad sea de menos de 9 viajeros.

Su ámbito de actuación abarca todos los viajes dentro de España o que comiencen en territorio nacional, aunque el destino sea internacional. La protección incluye, entre otros, la caída durante la subida y bajada del medio de transporte, las colisiones, los golpes por culpa de un frenazo brusco, un incendio, el vuelco del vehículo o un accidente provocado por una avería.

Por el contrario, este seguro no se hace cargo de los accidentes provocados por los asegurados que estén borrachos, drogados, bajo los efectos de estupefacientes o por actos dolosos.

Es importante destacar que el Seguro Obligatorio de Viajeros también cubre a las personas que están en posesión de billetes gratuitos. Por tanto, como padres debemos saber que los menores de edad que están exentos de pagar billete también están protegidos por esta póliza.

Coberturas del Seguro Obligatorio de Viajeros

mujer comprobando seguro

En cuanto a las coberturas del SOV, la ley establece las siguientes:

  • Asistencia médica
  • Asistencia hospitalaria
  • Especialistas
  • Medicamentos
  • Indemnización económica proporcional a los daños o lesiones sufridas. Según el Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, la cuantía oscila entre los 1.202,02 de las fracturas en húmero, cubito, radio, fémur y los 42.070,85 euros en caso de tetraplejía.
  • En caso de que se produzca el fallecimiento del asegurado, el pago será único (36.060,73 euros). Lo recibirá el cónyuge. Si hay, hijos, la mitad del dinero se repartirá entre estos (el otro 50% es para el cónyuge viudo). En caso de no tener pareja ni hijos, los beneficiarios serán los padres del fallecido.

La importancia de contar con un seguro de accidentes o de viaje

Dichas coberturas son totalmente compatibles con las que pueda ofrecer cualquier seguro privado de accidentes o póliza de viaje. Pero, ¿es suficiente el dinero que cobrarías en caso de sufrir un accidente? Depende de la gravedad de las lesiones.

Imagínate que no puedes trabajar durante varios meses, o que quedas incapacitado para volver a hacerlo el resto de tu vida. ¿Podrías garantizar el futuro de tus hijos? Yo prefiero blindarme y cuando voy de vacaciones siempre contrato un seguro de viaje. La diferencia es que este no es obligatorio, pero sí recomendable.

A la hora de elegir un buen seguro de viaje debes asegurarte de que ofrezca una amplia cobertura. Eso es lo básico:

  • Asistencia médica y hospitalaria en el lugar de destino.
  • La posibilidad de adelantar el viaje si se produce una emergencia familiar.
  • Indemnizaciones por robo, pérdida o daños sufridos en los efectos personales. Se incluye aquí el retraso del equipaje.
  • Cancelación del viaje.
  • Envío de medicamentos.
  • Repatriación en caso de enfermedad o fallecimiento.
  • Gastos de prolongación de la estancia en el hotel del asegurado cuando este enferma o está herido y no puede volver a casa.
  • Indemnización a los familiares en caso de fallecimiento del asegurado.
  • Si el asegurado queda incapacitado, cobro de una cuantía económica.
  • Asistencia jurídica.
  • Responsabilidad civil.

Otra opción que tenemos son los seguros de accidentes. Como hemos visto en artículos anteriores, estas pólizas pagan una indemnización en caso de enfermedad o accidente del asegurado. La cuantía depende de la compañía y de las condiciones que se hayan firmado.

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